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Los procuradores ponen su tecnología y experiencia en subastas de bienes para colaborar activamente con la justicia. Es una ventaja competitiva

Noticias Jurídicas


12 JUN 2020

 

El RD 16/2020 de 28 de abril recoge en su artículo 15 que en los concursos de acreedores, los bienes se deben liquidar utilizando el sistema de subasta extrajudicial, un modelo que la Procura viene utilizando desde 2015 y que está avalado por la Ley de Enjuiciamiento Civil al conceder a los Colegios de Procuradores la atribución de Entidades Especializadas en el desarrollo de estos procesos .

 

Los Colegios de Procuradores de España a través de la plataforma tecnológica subastasprocuradores.com están preparados y dispuestos para colaborar con la Administración de Justicia y ofrecen su tecnología y experiencia en la enajenación de bienes procedentes de concursos de acreedores, tal y como se contempla en la norma aprobada por el Gobierno, para hacer frente a los efectos derivados tras la declaración del Estado de Alarma para hacer frente al COVID 19.

En concreto, el RD 16/2020 de 28 de abril de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID 19, establece en su artículo 15 que en los concursos de acreedores que se declaren dentro del año siguiente a la declaración del estado de alarma y en los que se encuentren en tramitación a dicha fecha, los bienes se deberán liquidar utilizando el sistema de subasta extrajudicial, con independencia de lo que se hubiera establecido en el plan de liquidación. De igual forma, se permite que la enajenación de unidades productivas se realice a través de subasta extrajudicial.

Los Colegios de Procuradores, a través de la plataforma tecnológica subastaprocuradores.com, vienen a convertirse por tanto, en la pieza clave para agilizar la fase de liquidación de todos los procedimientos concursales del territorio nacional, y desarrollarán, con el máximo rigor, transparencia y seguridad jurídica, la importante función que el legislador les otorgó en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) del año 2001 cuando determinó que los Colegios de Procuradores están legalmente habilitados para poder realizar la subasta extrajudicial de bienes embargados o hipotecados sin necesidad de prestar caución para cumplir el encargo.

Los Art. 640 y 641 de la LEC, establecen la posibilidad de que los Colegios de Procuradores puedan ser entidad especializada a la hora de enajenar, a través del sistema de venta o subasta, bienes de cualquier clase, con lo que se hace realidad el papel de los Procuradores, como colaboradores de la Administración de Justicia, en un momento difícil como el actual por la situación en la que se encuentran los procesos judiciales como consecuencia de la crisis del COVID 19, convirtiéndose en la alternativa a la subasta judicial.

Todos aquellos Procuradores, Administradores Concursales, Abogados, Economistas, en definitiva todos los profesionales inmersos en un proceso de concurso de acreedores que quieran proponer a subastasprocuradores.com como su portal para la enajenación de bienes, únicamente deben ponerse en contacto con el Departamento Jurídico de dicho servicio a través de la cuenta de correo electrónico soporte@subastasprocuradores.com. Una vez tramitada la solicitud, no tendrán que efectuar ninguna gestión adicional. Una característica a destacar del equipo de gestión de activos de subastasprocuradores.com es que desde que se abre el período de subasta de un determinado bien, se atienden todas las consultas de cualquier persona interesada en participar en una subasta, ofreciéndole su ayuda a lo largo de todo el procedimiento hasta la adjudicación del activo, y además explicándoles los pasos a seguir tras la adjudicación.

A través de esta plataforma electrónica de los Procuradores, pueden gestionarse ventas y subastas de bienes afectos a concursos de acreedores, ejecuciones dinerarias, ejecuciones hipotecarias, procesos de división de cosa común y demás procesos civiles, procedimientos de jurisdicción voluntaria, procedimientos penales y laborales y procedimientos administrativos de apremio.

Además subastasprocuradores.com  no descuida, ningún aspecto vital en materia de seguridad, por lo que se incluye la posibilidad de pujar con DNI electrónico y firma digital, al tiempo que se incorpora el ‘sello del tiempo’ que proporciona la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) para que el usuario tenga una trazabilidad de los procesos en los que participa, sea o no el mejor postor. Una forma de reconocer la labor realizada por subastasprocuradores.com, ha sido la obtención del Premio a la Calidad de la Justicia otorgado por el Consejo General del Poder Judicial por contribuir a una Justicia más eficaz.

En cuanto a la mecánica de las subastas llevadas a cabo en la plataforma subastasprocuradores.com, todas finalizan a las 18:00 horas, procediéndose a prórrogas automáticas de 2 minutos si en los últimos minutos se efectuasen pujas que mejorasen la anterior, y así sucesivamente hasta que dejen de mejorarse las pujas por parte de los usuarios interesados en adquirir los inmuebles.

Participar en el proceso de subasta resulta muy sencillo, ya que se hace a golpe de clic de ratón. Para ello es necesario inscribirse en la plataforma on line mediante un certificado electrónico o rellenar un sencillo formulario tipo, pudiéndose conocer más detalles de los bienes que aparecen en el portal.

 

“Quien conoce subastasprocuradores.com sabe que tiene una ventaja competitiva. Clara, muy clara”, afirma Mayte Rodríguez, directora del Departamento Jurídico de Subastas Procuradores, perteneciente al Consejo General de Procuradores de España (CGPE).

Desde que se puso en marcha, en 2016, la plataforma de subastas de los procuradores, ya ha celebrado más de 2.200 subastas de todo tipo de bienes. Desde chalets, pisos, locales comerciales, naves industriales, oficinas, garajes, terrenos, fincas rústicas, vehículos de todo tipo, embarcaciones, aeronaves, maquinarias, herramientas, derechos de propiedad… Y muchos más elementos.

En este tiempo se han realizado más de 9.000 pujas. Las visitas han superado los 2 millones. 

“Los bienes que subastamos proceden de concursos de acreedores, ejecuciones hipotecarias, dinerarias, procesos de división de cosa común y demás procesos civiles, procedimientos de jurisdicción voluntaria, penales, laborales y administrativos de apremio”, añade Rodríguez.

“Colaboramos de forma muy activa con más de 70 Juzgados en más de 30 provincias de toda España, incluyendo también la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas. ¿Que si somos, a pesar de todo, unos grandes desconocidos? Sinceramente, no. Pero queremos que nos conozcan más. Somos un servicio público muy eficaz y muy interesante, se lo aseguro”, apunta Rodríguez.

Así, Consejo y Colegios son entidades especializadas para enajenar bienes de cualquier tipo mediante venta o subasta, como colaboradores de la Administración de Justicia.

“Somos una alternativa y un complemento al portal de subastas judiciales del BOE”, precisa Rodríguez.

Lo que más se subasta, porque es de lo que más hay, son los bienes inmuebles. Casas, pisos, chalets, locales comerciales…, en toda España. 

“Los bienes inmuebles tenemos que subastarlos por un valor superior al 70 por ciento del valor de tasación. Así lo establece el artículo 641 de la LEC. Si son muebles, por un valor superior al 50 por ciento del valor tasado. Pero cuando se trata de procedimientos mercantiles no hay tipo. Las pujas pueden ser de cualquier cantidad. Otra cosa es que la Administración concursal o el Juzgado acepten la mejor puja”.

En todos los casos hacen estudios previos sobre el valor de los bienes que llevan a cabo tasadores reconocidos por el Banco de España.

En otras ocasiones son vehículos. A través del Colegio de Procuradores de A Coruña, que tiene un acuerdo de colaboración con la Fundación Galega contra el Narcotráfico, estamos dando salida a coches que proceden del narcotráfico. O son bicicletas, como el lote de alta gama, de carbono, con un precio de mercado de 4.000 euros unidad, que el pasado mes de noviembre dimos salida”, relata.

Pero también puede ocurrir que no sean ni inmuebles ni vehículos sino toneladas de papel. Recientemente subastamos 5 toneladas para hacer cajetillas de tabaco y maquinaria para cortarlo y hacer los paquetes“, resalta.

 

PARTICIPAR EN LA SUBASTA 

Para tomar parte en las subastas que se organizan sólo hay que entrar en subastasprocuradores.com. No hace falta registrarse, en un principio para mirar si hay algo que puedas interesar.

Si es así, hay que hacerlo, Nombre y apellidos, DNI, un correo electrónico válido. También se puede hacer mediante certificado digital.

El registro da derecho a la información que tenemos capada al público, es la nota simple actualizada del bien. Por protección de datos. Una vez dentro se puede ver cuándo ha empezado la subasta, cuándo va a finalizar, la cuenta atrás, el tiempo restante, la valoración y el tipo mínimo para poder pujar. Las pujas se calientan en la última hora“, dice Rodríguez.

Pujas que se realizan 24 horas al día 7 días a la semana. 

Una vez que se cierra la subasta, con el mejor postor, el portal de subastas de los procuradores informa al Juzgado con todos los datos. A partir de ahí, dicho postor tiene unos días para ingresar el dinero en la cuenta de depósitos del Consejo General de Procuradores. Una vez recibido, se transfiere a la cuenta del Juzgado y se cierra todo el proceso.

El CGPE, y los Colegios, por supuesto no hacen este trabajo gratis. Los honorarios en inmuebles oscilan entre el 1,5 y el 5 por ciento del precio de adjudicación. El beneficio se detrae del precio final de la puja. 

“En mercantil se pagan aparte, pero en el portal siempre especificamos todo. En subastasprocuradores.com trabajamos con la máxima transparencia”, recalca la directora del Departamento Jurídico de Subastas Procuradores.

UN RECURSO ALTERNATIVO A LA VÍA JUDICIAL 

A día de hoy, sobre todo en estos tiempos difíciles de pandemia, subastasprocuradores.com puede ser también un magnífico recurso para todos aquellos interesados en enajenar bienes, al margen de la vía judicial. 

“Se puede hacer por decisión del ejecutante o por el ejecutado, con el consentimiento del ejecutante. Con que el ejecutante proponga a un Colegio de Procuradores, podríamos empezar a trabajar. Para ejecutar el bien, lo que se debe plantear es que en vez de que se lleve a cabo la subasta judicial solicitas que se lleve a cabo la realización a través de entidad especializada, es decir, nosotros. Es voluntario”, cuenta.

La puerta de entrada a este servicio, para hacer la solicitud, es el correo electrónico soporte@subastasprocuradores.com.

Una vez tramitada no es necesaria hacer ninguna otra gestión. El equipo de este portal se encarga de todo.

“Somos muy eficaces y la satisfacción está garantizada, se lo aseguro. Solo hay que entrar, mirar, valorar y decidir. Así de fácil”, concluye Rodríguez. 


Fuentes: confilegal.com y lawyerpress.com


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