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Así queda la baja por paternidad para autónomos

Noticias Jurídicas


13 MAR 2019

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La entrada en vigor del Decreto Ley de Medidas Urgentes Para la Igualdad, que se pondrá en marcha el próximo 1 de abril, contiene novedades importantes para los trabajadores autónomos.

En concreto, hablamos del permiso por paternidad. Si el Decreto es finalmente ratificado y sale adelante, autónomos y asalariados pasarán a tener ocho semanas de permiso, que incluirán el cobro de la prestación, en función de la base por la que coticen. Dicha bonificación será del 100% sobre esa base.

Por otro lado, y según aseguran desde la asesoría GesTron, la baja por paternidad también puede solicitarse en el caso de adoptar a un menor de seis años o de tutelar a un familiar con al menos un 33% de minusvalía.

La distribución temporal debe ser de dos semanas en el momento inmediatamente positerior al parto. El resto puede utilizarse según el criterio que considere el progenitor, siempre que aplique el descanso dentro del primer año desde el nacimiento, adopción o tutela.

Requisitos

Para acceder a estas bonificaciones, los trabajadores autónomos deberán cumplir una serie de requisitos, según confirma la propia asesoría en su página web:

  • Estar dado de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social como trabajador autónomo
  • No tener deudas con ninguno de estos dos organismos. Es decir, ningún impago en Hacienda ni incumplimientos de varias cuotas mensuales. En ese caso, dispondrás de 20 días para regularizar tu situación.
  • Además, tendrás que contar con un periodo mínimo de cotización acumulado, que pueden ser de 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda su carrera laboral

Pasos a seguir

Para poder solicitar el subsidio de paternidad, los autónomos deberán presentar en la Seguridad Social su Documento nacional de identidad, un informe médico del parto, el libro de familia o el certificado de inscripción del hijo en el Registro Civil y la Declaración de situación de actividad como autónoma.

 

Fuente: cincodias

 


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