10.45 de la mañana, atrás quedaron dos vistas celebradas y recogida la firma en la sala de notificaciones. Envuelta en mis pensamientos contabilizo entre 25 y 35 notificaciones en papel…, a ver cómo me organizo hoy si recibo tanta firma de Lexnet como ayer, que me retuvo hasta pasadas las 21 h en el despacho.
Menos mal que mamá me ayudó con la cena de los peques y que Víctor, el mayor, ya se espabila solo… A mayor velocidad que el pensamiento, aunque esperanzada, me dirijo hacia el siguiente señalamiento en otro partido judicial… ¡Por fin!
Qué alegría de que finalmente vaya a celebrarse aquel juicio, dos veces suspendido, aplazándose la necesidad imperiosa de resolver una situación de deriva familiar en la que todos sufren, principalmente los niños, esos seres pequeñitos cuya voluntad queda relegada sólo por una cuestión de edad y que el sistema judicial debe proteger con la madurez de sus leyes y el buen acierto de un juez.
De reojo miro el móvil…, otra vez la luz parpadeante de un número oculto, voy con prisas pero respondo por si se trata de una urgencia.
una desconocida voz afectada escucho pronunciar mi nombre y apellidos, inquiriéndome si soy yo, y asiento prudente al tiempo que me asalta un escalofrío que hace presagiar lo peor: ¿es usted la madre de Víctor?
Mi silencio es confundido con una afirmación porque, sin tregua, desde el otro lado de la línea se pronuncian las palabras más terribles que puedan resonar en los oídos de una madre, al tiempo que desgarran un corazón: su hijo acaba de sufrir un grave accidente, debe acudir sin demora al Hospital…
Bien, ante todo, pedir humildes disculpas por haber podido herir sensibilidades con este relato introductorio, pero necesitaba la fotografía imaginaria de una anodina mañana en la vida de una procuradora, que en este caso a su vez es madre, y a la que la vida atiza inesperadamente con una noticia que la deja en shock e incapaz de acometer cualquier otro acto que no sea el de acudir precipitadamente al hospital en auxilio de su hijo.
Esta reacción de la procuradora, humanamente comprensible hasta el último confín de la lógica, comportará unos efectos jurídicos para todas las actividades propias de la procura que me propongo analizar.
Una amalgama de dudas se agolpa, una tras otra: de entrada, ese señalamiento inmediato al que ya no va a llegar, en que la procuradora representaba a la parte actora.
¿Se celebrará en su ausencia?
¿Se le tendrá por desistida si no acude la procuradora?
¿Se habrá podido informar de la tragedia y se habrá podido encontrar un sustituto a tiempo para celebrar la Vista, o en caso contrario, la suspenderán?
Por otro lado, ¿qué ocurrirá con todos los escritos de plazo que debía presentar la procuradora ese día antes de las 15 horas?
¿Y con la larga lista de notificaciones diarias de Lexnet que debe gestionar, y que ya estarán esperando implacables en el buzón de entrada de su ordenador?
¿Qué va a ocurrir con aquellos plazos, señalamientos y requerimientos, con los efectos jurídicos en general que ya se han desplegado y que no va a poder atender por una situación de fuerza mayor que hoy en día no tiene una regulación legal específica en las leyes procesales?
Es obvio que estas desgracias han ocurrido siempre, y que las soluciones han sido de toda índole, unas veces más justas que otras, cercanas a la improvisación y a la sensibilidad de quien las debía impartir.
Y en última instancia, sólo a modo defensivo, nunca preventivo, debiendo acudir a artículos genéricos que amparaban situaciones de fuerza mayor.
Así hemos ido tradicionalmente capeando el temporal los operadores jurídicos.
LA TECNOLOGÍA, UN FACTOR CLAVE
Pero el contundente incremento de la tecnología en la oficina judicial, que ha hecho que las notificaciones que antes se recibían en papel, o los escritos que se presentaban manualmente en papel en las sedes judiciales, donde la autoridad competente quizá empatizara con el procurador acuciado por una causa grave y consintiera en que éste frenara durante unos días el ritmo de su trabajo, permitiéndole acaso no recoger todas o algunas notificaciones, con la prudencia y el compromiso de no se resentir la marcha de la Administración de Justicia, ahora deba canalizarse todo o prácticamente todo de forma telemática.
Con sus tiempos determinados y complejos mecanismos automatizados a través de diversas plataformas, hecho que ha venido a incrementar la complejidad, al hacer que aquellas soluciones al uso, variopintas, se muestren hoy insuficientes, que no satisfagan a nadie y que creen inseguridad y malestar, y a que se vea seriamente comprometida la conciliación entre la vida personal y familiar con la vida laboral de los procuradores, sometiéndonos a una suerte de esclavitud digital a la que debemos poner coto.
A ello hay que añadir los efectos de la pandemia sanitaria, que ha comportado una multiplicidad de situaciones de baja laboral de compañeros, con distintos grados de gravedad, que han generado un abanico de soluciones dispares en el seno de la Administración de Justicia.
No sólo en los distintos territorios, sino a veces en el juzgado de enfrente del mismo partido judicial, que han venido a ahondar en el desasosiego de los operadores jurídicos y en la firme convicción de que, de una vez por todas, deberíamos ser capaces de encontrar una regulación legal que ofrezca seguridad jurídica no sólo al profesional del Derecho, sino también al justiciable y a la propia Administración de Justicia, con los que mantenemos intrínsecamente el compromiso de garantizar el principio de tutela judicial efectiva.
Porque no olvidamos quiénes somos los procuradores, aquellos profesionales del Derecho que damos celeridad al proceso, y que mientras sufrimos una situación extrema, paralizante, en nuestra vida familiar o personal, reclamamos un margen de dignidad para poder atenderlo, pero al tiempo queremos que se garanticen todos los intereses en juego, los del propio representado y los de la Administración de Justicia, de la que somos y nos sentimos estrechos colaboradores.
LA SOLUCIÓN DE LA PROCURA
Llegados a este punto, tengo el privilegio de informar que la Procura lleva tiempo reflexionando en cómo conjugar todos esos intereses, analizando con lupa la Ley Procesal Civil, y ofrecer una solución lógica y de mínimo impacto legal que ampare el derecho fundamental a la necesaria conciliación de vida laboral, personal y familiar sin que se resienta la Administración de Justicia.
Ello pasa, necesariamente, por reforzar el papel fundamental que juegan los Colegios de Procuradores, que se erigen en el apoyo indiscutible del profesional para cubrir todos aquellos aspectos que podrían quedar desatendidos en las tres facetas fundamentales de la labor de un procurador: la firma, los plazos perentorios, y los señalamientos, organizando, desde los tres días hábiles desde que se tiene conocimiento formal de la causa grave, paralizante o de fuerza mayor, un sistema integral de sustitución que garantizará la continuidad de la actividad del profesional de la Procura mientras dure su situación de imposibilidad.
Pero para poder ofrecer esa garantía, es indispensable que se paralicen los efectos jurídicos y, por tanto, las actividades de: gestión de firma, devengo de plazos y celebración de vistas durante tres días hábiles.
Tres días indispensables para conjugar con solvencia todos los intereses ante una causa extrema, de gravedad, reconocida por la ley, tan objetiva e inequívoca que el Colegio de Procuradores la comunicará oficialmente a la Administración de Justicia sin comprometer el control judicial, habiéndose erigido éste en el primer fiscalizador de dicha causa y asumido la responsabilidad de garantizar la continuidad del ejercicio integral de ese profesional de la Procura hasta su restablecimiento mediante un sistema organizado de sustituciones procesales.
Lanzamos un SOS a la Administración, que no puede desatender la legítima reivindicación de la Procura.
De reojo observamos cómo todas las profesiones, sin obviar la propia Administración, se dotan de regulaciones que amparan estas situaciones de marcado carácter social, adecuando la legalidad a la realidad cambiante, reflejo de la sensibilidad y altura de miras de sus gobernantes, siguiendo la estela del Derecho Comparado y dando forma a Derechos Fundamentales, modernizando y consolidando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.
El Ministerio de Justicia ha dado un paso de gigante convocándonos a abogados, procuradores y graduados sociales a una Comisión Mixta para abordar una solución, equiparando con ello ambos lados de la Administración de Justicia, funcionarios y profesionales liberales, muchas veces en funciones públicas.
No podemos desperdiciar esta oportunidad de seguir avanzando en el camino hacia una sociedad más justa y equilibrada, y ello pasa necesariamente por la protección y reconocimiento de sus derechos civiles y laborales.
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