El Gobierno podrá mejorar la pensión de los mutualistas jubilados por reglamento
Abogacía, asociaciones y sindicatos lucharán para que dé soluciones en el futuro texto
Los profesionales desconocen si la pasarela a la Seguridad Social les beneficiará
Los pensionistas que en su día cotizaron a las mutualidades alternativas aún no lo tienen todo perdido. El Gobierno tiene la última palabra y podrá incorporar mejoras sobre su situación en el reglamento que apruebe para establecer las condiciones en las que los actuales mutualistas en activo podrán traspasar los fondos a la Seguridad Social.
El Congreso de los Diputados aprobó este jueves la ley para mejorar las pensiones de los actuales mutualistas, excluyendo a los ya jubilados. La norma crea una pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social para que estos trabajadores puedan pasar a cotizar al sistema público y además, llevarse con ellos el dinero aportado a las mutualidades durante toda su carrera profesional. Desde que se apruebe la ley -al día siguiente de su publicación en el BOE-, el Gobierno tiene un plazo de tres meses para sacar adelante un reglamento que establezca los criterios técnicos para convertir estos fondos en meses cotizados al sistema público.
Sin embargo, este futuro reglamento está bajo escrutinio de todos. El presidente de la Mutualidad de Procuradores, Francisco Toll, advierte de que este reglamento debe dar una solución alternativa a los actuales jubilados, que son unas 47.000 personas, como la posibilidad de acceder al complemento a mínimos. "El reglamento no es un trámite menor: es donde se juega de verdad el resultado de esta reforma. Ahí tiene que aparecer lo que la ley no ha dicho, empezando por una respuesta para quienes se han quedado fuera. Vamos a estar encima de cada línea", añade.
Por su parte, desde el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) señalan a este diario que, junto a los sindicatos y las asociaciones de afectados, lucharán por que en el reglamento se incluyan medidas para mejorar las prestaciones de los actuales pensionistas. "La Abogacía Española ya ha pedido una reunión con la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, para hablar del reglamento, que es clave", añade.
El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), que reconoce el avance significativo de la norma y el esfuerzo de los distintos partidos, lamenta que la ley haya dejado fuera a los mutualistas pasivos, es decir, aquellos que ya no están trabajando. "Nos hubiera gustado que esta solución hubiera alcanzado también a los mutualistas pasivos. La ley no ha dado respuesta a su situación y no podemos dejar de expresar nuestra decepción por que hayan quedado fuera de esta reforma", indica su decano, Eugenio Ribón.
"Ahora corresponde al Gobierno aprobar el reglamento en tiempo y forma para que la pasarela pueda convertirse en una realidad cuanto antes. Miles de profesionales necesitan información clara, seguridad jurídica y certezas para poder adoptar una decisión de enorme trascendencia para su futuro", añade.
Los beneficiarios, en vilo
El desarrollo de esta futura norma, además, también será clave para los los 100.000 abogados, procuradores, ingenieros o arquitectos potenciales de beneficiarse de la misma, ya que la ley le relega el meollo del asunto. Hoy por hoy y con el texto en la mano, estos profesionales aún no pueden hacer cuentas para saber si les compensa pasar al sistema público o quedarse en su mutualidad.
El presidente de la Mutualidad de Procuradores indica que "se ha avanzado con tanta vaguedad que hoy un mutualista todavía no puede sentarse a hacer números y saber si le conviene la pasarela o le conviene quedarse donde está". Francisco Toll considera que el reglamento debe cerrar con precisión si estos profesionales podrán tener derecho a los complementos a mínimos, cómo se computarán los fondos en cotizaciones, la delimitación exacta de sus beneficiarios, la aplicación del coeficiente de mejora y el procedimiento, los plazos y la operativa del traspaso de fondos. Es decir, si el mutualista se los llevará con él cuando pase a la Seguridad Social o una vez que se jubile.
Así queda la ley
El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha publicado un informe sobre cómo queda la ley en el que destaca que la norma reconoce a los mutualistas los mismos derechos y obligaciones que los autónomos que están en el servicio público, salvo las prestaciones cuya financiación dependan específicamente de las cotizaciones del RETA. Del mismo modo, aseguran desde el Consejo que la concreción de estos derechos y obligaciones queda relegada al desarrollo reglamentario.
El informe aclara que podrán solicitar el traspaso al RETA y la transferencia de sus fondos aquellos profesionales que estén o hayan estado en una mutualidad. Los fondos que se trasladarán son los de las cotizaciones, "quedan fuera otros productos o coberturas de la mutualidad ajenas a esa función", indica la Abogacía. El traspaso de fondos estará exento de IRPF.
Asimismo, para pasar al RETA hay que ser un trabajador en activo, no pensionista, a menos que la prestación se perciba por viudedad.
Una vez que el profesional pase al sistema público, la decisión será irreversible.
De momento, la ley lo único que fija sobre la conversión de estas cuantías en cotizaciones a la Seguridad Social, es que para el cálculo de los períodos se tomará la base mínima de cotización que habría correspondido al trabajador de haber estado en el RETA, aplicando un coeficiente corrector de entre el 0,67 y el 0,87 para tener en cuenta las contingencias que la mutualidad no cubría. "Al no existir las mismas contingencias entre el RETA y la mutualidad alternativa, no puede existir una equiparación de igualdad de condiciones", explica el CGAE.
Asimismo, los mutualistas que se queden en su entidad, tendrán que subir progresivamente las cotizaciones que hacen hasta equipararlas en 2028 con el mínimo que, por su tramo de ingresos, pagarían a la Seguridad Social. Este año pagarán el 86% de lo que abonarían en el RETA; en 2027, el 93% y en 2028, el 100%. Esto, sin embargo, no les garantizará que cuando se jubilen perciban la pensión que les hubiera correspondido si estuvieran en el sistema público.
Se mantendrá el sistema alternativo de las mutualidades, es decir, los nuevos colegiados podrán elegir entre cotizar en ellas o en la Seguridad Social, pero el Gobierno elaborará un informe antes de diciembre de 2030 para decidir si se conserva o se suprime.
Mayores de 52 años
Los mayores de 52 años y aquellos profesionales que estuvieran dados de alta en la mutualidad antes de 1995 (es decir, cuando era obligatorio que cotizaran en ellas) podrán aplicar el sistema 1x1 al traspasar sus fondos al RETA. Es decir, se les contará un mes cotizado en la mutualidad como un mes cotizado en la Seguridad Social, aunque para los segundos solo por los años previos a 1995.
Por otro lado, todos los profesionales que hayan salido de una mutualidad y no tengan los 15 años cotizados en el sistema público podrán suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para que se les contabilice hasta un máximo de cinco años por las aportaciones hechas en el sistema privado.